Los aditivos alimentarios se definen, según el Código Alimentario Español,
como "cualquier sustancia que no se consume normalmente como alimento, ni
tampoco se usa como ingrediente básico en alimentos, tenga o no valor
nutritivo, y cuya adición intencionada al alimento con fines tecnológicos
(incluidos los organolépticos) en sus fases de fabricación, elaboración,
preparación, tratamiento, envasado, empaquetado, transporte o almacenamiento
resulte o pueda preverse razonablemente que resulte (directa o indirectamente)
por sí o sus subproductos, en un componente del alimento o un elemento que
afecte a sus características. ". A estos efectos se han elaborado listas positivas que recogenlos
aditivos que pueden usarse. En estas listas además se indica a que alimentos y
en que cantidad se puede añadir cada aditivo. Se elaboran de forma periódica,
de manera que solo se pueden usar aditivos presentes en las listas
vigentes.
Para facilitar su uso, etiquetado y ser reconocibles internacionalmente se
nombran mediante su nombre completo o un código de una letra (que si están
autorizados por la Unión Europea es la "E") seguida de tres cifras; la
cifra de las centenas hace referencia al tipo de aditivos, clasificados en los
siguientes cuatro grupos: Colorantes, Conservantes, Antioxidantes y
Estabilizantes. Las otras cifras corresponden, además del aditivo, a la familia
y a la especie. Por todo esto, los aditivos alimentarios están regulados por
ley: cuentan con legislación a nivel comunitario (Reglamento comunitario sobre
aditivos alimentarios del Parlamento Europeo y del Consejo) y a nivel nacional
(Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre Aditivos Alimentarios).
Los aditivos alimentarios no tienen como objetivo modificar el valor nutritivo
de los alimentos, de tal forma que, por ejemplo, cuando se añade ácido
ascórbico a un zumo de fruta con función antioxidante, es decir, para mejorar
su conservación, se contempla como aditivo y no como nutriente. Por otra parte,
si estas sustancias son eliminadas durante los procesos de transformación o, si
son meramente residuales, se consideran auxiliares de fabricación.
Los aditivos alimentarios se diferencian de otros componentes de los alimentos
en que se añaden voluntariamente. No pretenden enriquecer el alimento en
nutrientes y solamente se utilizan, en cantidades controladas, para mejorar
alguno de los aspectos del alimento como son el tiempo de conservación, la
mejora del sabor, del color, de la textura, etc.